Por.Plinio Llaverías R.
De forma categórica rechazamos la modificación hecha en el 2025 al artículo 21 de la Ley 176-07 por parte del Congreso Nacional, y ahora a una nueva modificación a la anterior. Desde mi punto de vista, esa medida no fortalece las gestiones municipales. Premia la incompetencia administrativa de los Alcaldes. Amplía el clientelismo político disfrazado de nómina pública.
La ampliación de gastos administrativos superfluos traerá como consecuencia una reducción considerable en la ejecución de obras y servicios que demandan municipios. Mientras el Presidente de la República lucha por aumentar inversiones en obras y dar calidad a la administración de recursos públicos, algunos Alcaldes conspiran contra los municipios que dirigen. Debilitando la confianza ciudadana.
Considero prudente que esta modificación sea vetada por el Presidente si es aprobada por los diputados como ha sido presentada.Se debe sustituir la actual normativa por una distribución presupuestaria equivalente a 45% por ciento de la ejecución presupuestaria dirigida a inversiones de obras municipales. Los recursos públicos son del pueblo. Deben destinarse a obras del pueblo. No a francachelas ni privilegios que solo alimentan la ineficiencia.
Me gustaría saber bajo qué criterio un senador fue capaz de proponer semejante modificación. Lo que es peor, cómo senadores presentes pudieron votar a favor de tal aberración que solo patrocina corrupción y opacidad en las gestiones municipales. Esa decisión no responde al interés colectivo. Responde a la perpetuación de malas prácticas que debilitan la democracia locales y traicionan la confianza de los ciudadanos.
Si las gestiones municipales fueran eficientes, aumentando sus recaudaciones y disminuyendo gastos innecesarios, podrían incrementar salarios, generar más empleos y desarrollar más obras con porcentajes ya establecidos en la Ley 176-07, artículo 21. No considero necesario premiar la ineficiencia con una reforma que solo debilita transparencia y responsabilidad en el manejo de recursos públicos.
Cualquier modificación debe ser para aumentar a 45% las inversiones en obras municipales, no para seguir reduciéndolas.
La transparencia y la eficiencia no pueden ser negociables. Si queremos municipios fuertes, inclusivos y capaces de responder a necesidades de la gente, debemos defender la Ley 176-07 en su esencia original. Es un instrumento de control, responsabilidad y compromiso con la comunidad.
