MIRANDO POR EL RETROVISOR

Por Juan Salazar

Ese día llegó muy angustiada a mi casa con unos papeles grapados debajo del brazo. Dinorah Marte, la señora que nos asiste con tareas del hogar, me explicó que se había retrasado porque el día anterior tuvo que viajar a Bonao, en la provincia Monseñor Nouel, donde el juez de atención permanente de esa jurisdicción le impuso tres meses de prisión preventiva a su hijo Joel Rosario Marte (Azulito), de 34 años.

Le pedí que me mostrara la solicitud de medida de coerción en que se amparó el juez para adoptar la decisión. En “el fundamentación fáctica (sic)”, según el documento de marras, se consigna que Azulito fue sorprendido el 26 de septiembre pasado en “fragrante (sic) delito”, cuando penetró a la construcción de unos apartamentos.

El documento del ministerio público en Bonao sostiene que de allí sustrajo un tubo de agua, aros de varillas, cinco varillas, una puerta de tola y alambres de electricidad. También que Azulito tenía entre los bolsillos un “objeto comprometedor”, pero sin especificar cuál.

Las pruebas presentadas para sustentar la coerción de prisión preventiva fueron “Acta de denuncia”, “Acta de arresto flagrante (aquí escribieron el término correctamente)”, “Acta de registro de persona” y “Declaraciones de la víctima y denunciante”.

Más adelante había unos renglones sobre las circunstancias en que resultó apresado el imputado y, en la única de seis donde colocaron un cotejo, fue en “apresado inmediatamente después de cometer el hecho”.

No conozco a Azulito personalmente, pero supongo que debe ser un hombre muy fuerte que podía cargar tantos objetos juntos al momento de ser sorprendido en “fragrante” delito, o sea, el ilícito cometido tenía un aroma agradable.

El documento expone que fue detenido en el acto, pero luego se desdice cuando reconoce que ocurrió después de cometer el hecho. La solicitud de medida de coerción menciona un diagnóstico médico que no se anexa en el expediente. Según la madre de Azulito, desde hace tiempo su hijo padece un trastorno mental por el cual no ha recibido diagnóstico ni tratamiento.

Con una solicitud de medida de coerción repleta de tantas contradicciones, ambigüedades y sin pruebas contundentes, ese juez impuso tres meses de prisión preventiva, alegando falta de arraigo y peligro de fuga.

El caso de Azulito, quien quizás permanezca tres meses encerrado hasta que otro juez decida si lo envía a juicio de fondo, me recordó el de Paula Santana Escalante, de 23 años, hallada muerta con signos de violencia, el 22 de febrero de 2024, dentro de una alcantarilla cerca de la empresa de zona franca donde laboraba, ubicada en la autopista Las Américas.

Por ese hecho fueron detenidos a los pocos días Joaquín Alejandro Hidalgo Marte y Alex Elvin Cruz Díaz, a quienes el ministerio público acusó de tortura y barbarie, violación sexual y homicidio, logrando que un juez les impusiera tres meses de prisión preventiva para cumplirlos en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís.

Y, pese a esas graves acusaciones y tras seis meses encerrados, el pasado 21 de agosto el Tercer Juzgado de la Instrucción de Santo Domingo Este confirmó el archivo provisional del expediente contra los acusados por falta de pruebas y dispuso su libertad.

Ante esa vergonzosa realidad, el presidente Luis Abinader instruyó a una comisión de oficiales de la Policía y a la directora de persecución del ministerio público, Yeni Berenice Reynoso –en este caso no lo entiendo porque el mandatario ha pregonado constantemente que es “independiente”- para que esclarezcan el asesinato de Paula.

Pero la reacción vino después que decenas de mujeres, el pasado 25 de septiembre, protestaron frente a la Procuraduría General de la República, exigiendo justicia por el asesinato de la joven, con carteles, velones, flores blancas y bajo la consigna «Todas somos Paula”.

El ministerio público sigue inmerso en un festival de prisión preventiva que mantiene sobrepobladas y hacinadas las cárceles del país con reos bajo esa condición. Y ocurre a todos los niveles, sin importar la gravedad de las imputaciones. Puede ser por un expediente de corrupción al más alto nivel y mediatizado, bautizado creativamente con el nombre de algún animal acuático y hasta de un réptil, o por el más insignificante delito, cometido por personas sin abolengo.

La normativa penal país establece que la libertad debe ser la regla y la prisión la excepción.

El ministerio público lo hace consciente y obviando el artículo 15 del Código Procesal Penal sobre el “Estatuto de libertad”, el cual establece que “Las medidas de coerción, restrictivas de la libertad personal o de otros derechos, tienen carácter excepcional y su aplicación debe ser proporcional al peligro que trata de resguardar”.

Poco a poco la prisión preventiva se ha convertido en un instrumento de estigmatización, con apresamientos nocturnos, bombín y chaleco, y también en la manera más sutil de imponer una pena anticipada aunque de poco tiempo.

Sin importarle eso de que “la libertad debe ser la regla y la prisión la excepción». Contrario a ese principio, asume la prisión preventiva como la principal opción, pero también sin pruebas contundentes, como en el caso de Azulito, viola el principio “In dubio pro reo”, el cual significa que si en un procedimiento penal se tienen dudas sobre la culpabilidad del acusado, este tiene que ser absuelto necesariamente.

¿Quién le retribuye a los apresados inicialmente por el asesinato de Paula Santana Escalante esos seis meses que estuvieron privados de su libertad?

Y peor aún, cómo ocho meses después de ese vil asesinato todavía no se conoce a los reales culpables del crimen y quizás al autor intelectual.

Dinorah Marte me confesó que teme perder su empleo por las constantes faltas para viajar, como madre abnegada al fin y sin importar que su hijo ya es adulto, primero a Bonao y ahora a la cárcel El Pinito de La Vega, donde trasladaron a Azulito, para darle seguimiento a su caso y llevarle algunos artículos. Le dije que perdiera cuidado al respecto, pero pensé que ahí está una muestra del daño colateral que los jueces no miden al momento de acoger la mayoría de las solicitudes de prisión preventiva del ministerio público.

Aunque los cuestionamientos recaen casi siempre en el ministerio público que solicita en demasía prisión preventiva como medida de coerción, al final los jueces son igual de responsables porque tienen la última palabra.

Lamentablemente, estamos ante jueces timoratos que juzgan, pero paradójicamente le temen al juicio mediático y de la opinión pública. Jueces que se pliegan también por temor a procuradores endiosados que los cuestionan acremente si les fallan en contra.

No sé si Azulito es culpable, pero si al final resulta ser inocente como ahora determinó un juez que son los dos encartados inicialmente por el crimen de Paula, también pasará tres meses de su vida encerrado por la extendida medida cautelar, una moda impuesta por el ministerio público y que los jueces acogen porque no incomoda.

Y es que, frente a solicitudes de medidas de coerción repletas de contradicciones, el juez tiene la última palabra.

Frente a evidentes ambigüedades, el juez tiene la última palabra.

Si no hay pruebas contundentes, el juez tiene la última palabra.

Ante solicitudes de prisión preventiva repletas de imprecisiones y hasta de faltas ortográficas, el juez tiene la última palabra.

No importa cuántas veces el ministerio público solicite prisión preventiva, al final, el juez tiene la última palabra.

¡Y haréis justicia!

Por Orbita Informativa

Periódico digital con sede en Santo Domingo, capital de República Dominicana, nació en septiembre del año 2021.

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