La Junta Central Electoral (JCE) emitió una resolución en la que establece el procedimiento del voto de los reclusos en las elecciones de mayo próximo.
La resolución número 31-2024 especifica que será en 21 recintos del nuevo modelo penitenciario y otras cárceles, que los privados de libertad podrán ejercer el derecho al voto.
La JCE indica que tendrán derecho a ejercer el derecho al voto los que se encuentren en calidad preventivos, tras una decisión emitida por un juez de la instrucción
“Los ciudadanos y ciudadanas que hayan sido objeto de una sentencia de condena, pero que la misma no sea definitiva o irrevocable por tener abiertas las vías recursivas previstas en la ley”.
También podrán votar los reclusos condenados por sentencia definitiva a pena criminal, siempre que en la misma no se haya dispuesto la pérdida o suspensión de sus derechos políticos en los casos previstos por la Constitución de la República y la ley.
La resolución destaca que podrá ejercer el voto los internos que tengan la nueva cédula de identidad y electoral en su poder o en el de los administradores de los recintos carcelarios, y que figuren en la lista suministradas por la Procuraduría General de la República.
Los centros penitenciarios donde podrán ejercer sus derechos los reos que cumplan con los requisitos ya establecidos son: los centros de corrección y Rehabilitación Nayajo y Rafey, tanto hombres como mujeres; el CCR San Pedro de Macorís; La Isleta, en Moca; CCR Monte plata, Cucuma en La Romana; El Pinito, en La Vega; Vista al Valle, San Francisco de Macorís; así como los centros de corrección de Mao, Dajabón, Salcedo, Elías Piña, Nagua; El 19 y el 15 de Azua, y Baní-Mujeres.