PALABRAS: Juan Daniel Balcácer argumenta que como puede apreciarse, es tiempo ya que además, de lo que estipula el artículo 30 de la Constitución vigente, se elabore una Ley de Símbolos Patrios, así como una reglamento que establezcan normas definitivas para el diseño correcto y uso adecuado del Escudo Nacional y de los demás símbolos patrios dominicanos.
MIGUEL ESTRELLA GÓMEZ, EXPERTO E INVESTIGADOR HA ABOGADO SIEMPRE QUE EL SÍMBOLO PATRIO SEA ÚNICO SIEMPRE
JOSE BAUTISTA
Aunque al símbolo patrio el Escudo Nacional ha tenido diferentes cambios en su diseño desde el 1913 hasta el año 2010, el investigador y especialista en numismática, Miguel Estrella Gómez, establece que el diseño del signo de la Bandera Dominicana tiene que ser único, como se plasmó en la proclamación de la República Dominicana hasta la fecha.
Estrella Gómez ha sido el investigador histórico que más ha abogado por el uso correcto del Escudo Nacional, y a través del ensayo Escudo Nacional de la República Dominicana muestra gráficamente, la evolución que ha recibido el Escudo, desde la proclamación de la República hasta la fecha, destaca el historiador Juan Daniel Balcácer.
Añade que en adición a la historia gráfica, Estrella Gómez también destaca la importancia que el legislador dominicano ha conferido al Escudo Nacional, desde nuestra primera Carta Sustantiva, sancionada el 6 de noviembre de 1844, hasta la más reciente reforma del 26 de enero del 2010.
Balcácer refiere que los diseños y modelos que ha tenido el Escudo Nacional son diversos, sin embargo, Estrella Gómez demuestra desde cuándo (a partir del Decreto de fecha 6 de enero de febrero del 1913, del presidente monseñor Adolfo A. Nouel) se estableció el modelo definitivo del Escudo de Armas que, con ligeras modificaciones, es el uso oficial en la actualidad.
El historiador señala que la ausencia de una normativa oficial actualizada que, de una vez por todas, establezca un diseño único del Escudo Nacional ha sido la causa de que durante varios decenios diversas instituciones públicas y privadas hasta hoy hayan utilizado distintos modelos de tan significativo símbolo patrio.
Balcácer argumenta que como puede apreciarse, es tiempo ya que además, de lo que estipula el artículo 30 de la Constitución vigente, se elabore una Ley de Símbolos Patrios, así como una reglamento que establezcan normas definitivas para el diseño correcto y uso adecuado del Escudo Nacional y de los demás símbolos patrios dominicanos.
De su lado, Miguel Estrella Gómez, en el referido ensayo sostiene que en los primeros sesenta y nueve años de la República tuvieron que sucederse más de veinte diseños básicos en el Escudo Nacional, hasta que el presidente interino monseñor Adolfo A. Nouel, a propuesta del secretario de Estado de Relaciones Exteriores Casimiro N. de Moya, decidiera por decreto del 6 de febrero de 1913 la necesidad de determinar una forma para el escudo de armas, así como los colores fijos para el mismo y para la bandera nacional.
Estrella precisa que aunque ese decreto suministra –explicaciones- para el dibujo del escudo y establece un modelo a seguir, se quedaron sin definir algunos de sus elementos, por lo que durante casi todo el Siglo XX se continuó con el diseño antojadizo del símbolo patrio.
Cada institución oficial explica persona privada o imprenta se confería la licencia de establecer sus gustos y peripecias en las características del escudo de nuestro país.