El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Romón Jáquez Liranzo, dijo ayer que si el órgano detecta el uso de recursos ilícitos durante el proceso electoral lo denunciará ante la jurisdicción penal, en virtud de las facultades que le reconoce la Ley 20-23, orgánica del régimen electoral.
Explicó que la acción penal corresponde a los jueces penales y al Ministerio Público Electoral, y que al órgano electoral solo le compete presentar la denuncia. “Si hay recursos proveniente del crimen organizado, del narcotráfico o lavado de activo, ya el sistema penal ordinario entra en acción”, puntualizó.
El artículo 309 de la ley electoral establece que los tribunales penales ordinarios del poder judicial conocerán los delitos y crímenes electorales previstos en esa legislación, y en cualquier otra en materia electoral o de partidos, agrupaciones o movimientos políticos “cuando sean denunciados por la parte legítimamente afectada, Junta Central Electoral, las juntas electorales o de oficio por parte de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales”.
Jáquez Liranzo precisó que en el ámbito administrativo, la JCE solo tiene potestad para imponer multa al candidato que se exceda en un 5 por ciento del tope de gastos en la campaña, equivalente al triple del monto excedido, en virtud del artículo 221 de la Ley 20-23.
El presidente de la JCE fue entrevistado en el marco del seminario “Financiamiento: Control interno y transparencia en las organizaciones políticas”, organizado por la Dirección de Partidos Políticos y la Unidad de Control Financiero de la Junta, a través del Instituto Especializado Superior en Formación Política y del Estado Civil.
El seminario especializado fue dirigido a miembros de los partidos responsables del manejo y monitoreo de fondos de las organizaciones políticas reconocidas, entre ellos secretarios de finanzas y tesoreros.